Nueva Ley de transparencia
En este Área el Club publica información relevante en materia institucional, organizativa, económica y contractual conforme a la Política integral de Transparencia, articulada según los máximos estándares internacionales y nacionales. La Información se publica de forma incremental, continua y actualizada, y da pleno cumplimiento a la Ley 19/2013 de Transparencia, Acceso a la Información Pública y buen gobierno en cuanto a rendición de cuentas y exposición abierta de sus actuaciones corporativas.
La Política de Transparencia del Club, sujeta a procesos de seguimiento, evaluación y mejora continuada, forma parte de las más amplias de Responsabilidad Corporativa y buen gobierno, se complementa con el Código ético y con los Programas de Control y Cumplimiento que garantizan la prevención de incumplimientos, culminándose con los Sistemas de calidad y participación de grupos de interés.
Información institucional, organizativa y de planificación
El artículo 6 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno dispone en el epígrafe "Información institucional, organizativa y de planificación", lo siguiente:
"1. Los sujetos comprendidos en el ámbito de aplicación de este título publicarán información relativa a las funciones que desarrollan, la normativa que les sea de aplicación así como a su estructura organizativa. A estos efectos, incluirán un organigrama actualizado que identifique a los responsables de los diferentes órganos y su perfil y trayectoria profesional".
A tal efecto, se da pleno cumplimiento a la citada disposición exponiendo, tal y como allí se prevé, las funciones desarrolladas por el CLUB DEPORTIVO LEGANÉS, S.A.D., ex apartado 2, distinguiendo, en primer lugar, su naturaleza y régimen jurídico, para, en segundo lugar, exponer las distintas funciones desarrolladas por la entidad de acuerdo con la legislación aplicable. A continuación se realiza referencia a la normativa aplicable, ex apartado 3 y se expone la estructura organizativa de la entidad, ex apartado 4.
1º) La participación en competiciones deportivas oficiales de carácter profesional de la modalidad deportiva de fútbol.
2º) La promoción y desarrollo de actividades deportivas de una o varias modalidades, así como de otras actividades relacionadas o derivadas de dicha práctica, tales como publicidad, marketing, marcas, organización de espectáculos, pudiendo explotarlas directamente o por terceras empresas especializadas.
3º) La explotación y comercialización de espectáculos deportivos, productos y derechos de todo tipo vinculados o relacionados con la modalidad deportiva, el equipo profesional y los medios del equipo.
4º) Fomento y defensa del nombre de la ciudad del equipo en el fútbol profesional.
•Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte – estatal-, artículos 12 a 29
•Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid
•Real Decreto 1251/1999, de 16 de julio sobre sociedad anónimas deportivas
•Estatutos de la RFEF, Reglamento General y Código Disciplinario de la RFEF
•Estatutos Sociales, Reglamento General y Normas para la elaboración de presupuestos de la LFP
El C.D. Leganés cuenta con un órgano de cumplimiento que contempla las consultas o denuncias de vulneraciones que puedan darse en el marco del Código Ético, descrito a través del Canal de Denuncias accesible en nuestra web oficial mediante la siguiente dirección web: https://www.cdleganes.com/canal-de-denuncias
Código ético de conducta cd Leganés
Guía de buenas prácticas de LaLiga
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El C.D. Leganés no ha realizado recientemente encuestas a los abonados y/o al público sobre satisfacción o calidad de los servicios del Club.
Información económica, presupuestaria y estadística
Dispone el artículo 8 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, bajo el título "información económica, presupuestaria y estadística", en lo que resulta de aplicación al Club/SAD, que los sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de este título deberán hacer pública, como mínimo, la información relativa a los actos de gestión administrativa con repercusión económica o presupuestaria que se indican a continuación:
a) Todos los contratos, con indicación del objeto, duración, el importe de licitación y de adjudicación, el procedimiento utilizado para su celebración, los instrumentos a través de los que, en su caso, se ha publicitado, el número de licitadores participantes en el procedimiento y la identidad del adjudicatario, así como las modificaciones del contrato. Igualmente serán objeto de publicación las decisiones de desistimiento y renuncia de los contratos. La publicación de la información relativa a los contratos menores podrá realizarse trimestralmente.
b) La relación de los convenios suscritos, con mención de las partes firmantes, su objeto, plazo de duración, modificaciones realizadas, obligados a la realización de las prestaciones y, en su caso, las obligaciones económicas convenidas. Igualmente, se publicarán las encomiendas de gestión que se firmen, con indicación de su objeto, presupuesto, duración, obligaciones económicas y las subcontrataciones que se realicen con mención de los adjudicatarios, procedimiento seguido para la adjudicación e importe de la misma.
c) Las subvenciones y ayudas públicas concedidas con indicación de su importe, objetivo o finalidad y beneficiarios.
d) Los presupuestos, con descripción de las principales partidas presupuestarias e información actualizada y comprensible sobre su estado de ejecución.
e) Las cuentas anuales que deban rendirse y los informes de auditoría de cuentas y de fiscalización por parte de los órganos de control externo que sobre ellos se emitan.
f) Las retribuciones percibidas anualmente por los altos cargos y máximos responsables de las entidades incluidas en el ámbito de la aplicación de este título. Igualmente, se harán públicas las indemnizaciones percibidas, en su caso, con ocasión del abandono del cargo.
2. Los sujetos mencionados en el artículo 3 deberán publicar la información a la que se refieren las letras a) y b) del apartado primero de este artículo cuando se trate de contratos o convenios celebrados con una Administración Pública. Asimismo, habrán de publicar la información prevista en la letra c) en relación a las subvenciones que reciban cuando el órgano concedente sea una Administración Pública".
A tal efecto, se expone la información relacionada con los contratos y convenios suscritos por el Club/SAD y las subvenciones percibidas de las Administraciones Públicas, ex apartados 2, 3 y 4. Posteriormente, se publica la documentación relativa a los presupuestos y cuentas anuales y se menciona la retribución percibida por los altos cargos y máximos responsables de la entidad, ex apartados 5, 6 y 7.
De conformidad con los significado en el artículo 8 a) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno no hay contratos suscritos con el Club Deportivo Leganés S.A.D.
De conformidad con lo significado en el artículo 8 b) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno se relacionan los distintos Convenios suscritos por el Club Deportivo Leganés S.A.D.:
De conformidad con lo significado en el artículo 8 c) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno se relacionan las siguientes ayudas y subvenciones públicas concedidas con indicación de su importe, objetivo o finalidad y beneficiarios:
Subvención del Excelentísimo Ayuntamiento de Leganés. 2019/2020.
* Importe: 362.000 €
* Beneficiario: Club Deportivo Leganés S.A.D.
* Objetivo: Desarrollar la competencia municipal de promoción y desarrollo del deporte base en la modalidad deportiva de Fútbol en la ciudad de Leganés.
Subvención de LaLiga 2018/19
*Importe: 152.000€
*Objetivo: Mantenimiento correctivo de las instalaciones deportivas
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A. Información sobre el club
1. Información sobre los órganos directivos y el personal
| INDICADOR | ESTADO | DETALLE |
|---|---|---|
| 1. Se especifican datos biográficos del Presidente y de los miembros de la Junta Directiva/Consejo de Administración del Club (mínimo de cuatro líneas cada uno). | OK | Ver |
| 2. Se especifican las direcciones electrónicas de la Presidencia y de cada una de las distintas secciones o departamentos del Club así como los datos generales de contacto del Club (teléfono/s, dirección/es de correo electrónico y sede social). | OK | Ver |
| 3. Se publican los acuerdos de la Asamblea General del Club/Junta General de Accionistas de la SAD, así como los acuerdos tomados por la Junta Directiva. | OK | Ver |
| 2. Se especifican las direcciones electrónicas de la Presidencia y de cada una de las distintas secciones o departamentos del Club así como los datos generales de contacto del Club (teléfono/s, dirección/es de correo electrónico y sede social). | OK | Ver |
| 4. Se publica de forma detallada una Relación u organigrama detallado del personal permanente al servicio del Club (con detalle de su número en cada una de las categorías laborales o profesionales). | OK | Ver |
2. Marco legal, estructura organizativas y patrimonio del club
| INDICADOR | ESTADO | DETALLE |
|---|---|---|
| 1. Se especifican datos biográficos del Presidente y de los miembros de la Junta Directiva/Consejo de Administración del Club (mínimo de cuatro líneas cada uno). | OK | Ver |
| 2. Se especifican las direcciones electrónicas de la Presidencia y de cada una de las distintas secciones o departamentos del Club así como los datos generales de contacto del Club (teléfono/s, dirección/es de correo electrónico y sede social). | OK | Ver |
| 3. Se publican los acuerdos de la Asamblea General del Club/Junta General de Accionistas de la SAD, así como los acuerdos tomados por la Junta Directiva. | OK | Ver |
| 2. Se especifican las direcciones electrónicas de la Presidencia y de cada una de las distintas secciones o departamentos del Club así como los datos generales de contacto del Club (teléfono/s, dirección/es de correo electrónico y sede social). | OK | Ver |
| 4. Se publica de forma detallada una Relación u organigrama detallado del personal permanente al servicio del Club (con detalle de su número en cada una de las categorías laborales o profesionales). | OK | Ver |
B. Relaciones con los socios, aficionados y público en general
1. Características de la página web del club
| INDICADOR | ESTADO | DETALLE |
|---|---|---|
| 1. Se especifican datos biográficos del Presidente y de los miembros de la Junta Directiva/Consejo de Administración del Club (mínimo de cuatro líneas cada uno). | OK | Ver |
| 2. Se especifican las direcciones electrónicas de la Presidencia y de cada una de las distintas secciones o departamentos del Club así como los datos generales de contacto del Club (teléfono/s, dirección/es de correo electrónico y sede social). | OK | Ver |
| 3. Se publican los acuerdos de la Asamblea General del Club/Junta General de Accionistas de la SAD, así como los acuerdos tomados por la Junta Directiva. | OK | Ver |
| 2. Se especifican las direcciones electrónicas de la Presidencia y de cada una de las distintas secciones o departamentos del Club así como los datos generales de contacto del Club (teléfono/s, dirección/es de correo electrónico y sede social). | OK | Ver |
| 4. Se publica de forma detallada una Relación u organigrama detallado del personal permanente al servicio del Club (con detalle de su número en cada una de las categorías laborales o profesionales). | OK | Ver |
2. Información y atención al socio, a los empleados y al público en general
| INDICADOR | ESTADO | DETALLE |
|---|---|---|
| 1. Se especifican datos biográficos del Presidente y de los miembros de la Junta Directiva/Consejo de Administración del Club (mínimo de cuatro líneas cada uno). | OK | Ver |
| 2. Se especifican las direcciones electrónicas de la Presidencia y de cada una de las distintas secciones o departamentos del Club así como los datos generales de contacto del Club (teléfono/s, dirección/es de correo electrónico y sede social). | OK | Ver |
| 3. Se publican los acuerdos de la Asamblea General del Club/Junta General de Accionistas de la SAD, así como los acuerdos tomados por la Junta Directiva. | OK | Ver |
| 2. Se especifican las direcciones electrónicas de la Presidencia y de cada una de las distintas secciones o departamentos del Club así como los datos generales de contacto del Club (teléfono/s, dirección/es de correo electrónico y sede social). | OK | Ver |
| 4. Se publica de forma detallada una Relación u organigrama detallado del personal permanente al servicio del Club (con detalle de su número en cada una de las categorías laborales o profesionales). | OK | Ver |